DANIELA
3ª edición
Sección: Política

 

De cumplir sus objetivos y trabajar articuladamente con la sociedad civil, el Ministerio de la Mujer puede convertirse en un verdadero motor del avance de las mujeres.

Ministerio de la Mujer: ¡bienvenido!

Por: Ana María Yáñez

(Chacarera, Perú).- Las mujeres sin educación tienen un promedio de siete hijos; las mujeres con educación superior, dos. Por 100 mil nacidos vivos, 489 hijos de madres sin educación fallecen, mientras que de madres con educación superior sólo 49.

Estas cifras son sólo un ejemplo de cómo la inversión en la mujer, es en realidad una inversión en desarrollo humano.

Conocedoras de esta realidad, las mujeres vienen reclamando, desde hace muchos años, el establecimiento de políticas y programas específicamente diseñados para promover su situación. La Conferencia Mundial de Beijing constituyó un hito en este proceso; por un lado significó el término de una etapa de preparación y diagnóstico y, por otro, el punto de partida para el establecimiento de las políticas y programas demandados. El recientemente creado (Decreto Legislativo Nº 866, del 25 de octubre de 1996) Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH) se ubica en esta perspectiva.

En este artículo, hacemos un balance de los alcances de este Ministerio.

Fundamentos

A partir de reconocer el aporte de las mujeres al proceso de pacificación y de la lucha contra la pobreza, en particular de las organizaciones sociales de base, cabe destacar dos aspectos contenidos en los considerandos de la ley y que son fundamento:

El primero se refiere a la intención de constituirlo en el Ministerio líder en la formulación y desarrollo de programas para la mujer. Estimo que esto es lo que le va a permitir tener una intervención de carácter transversal en todos los demás organismos del Estado en lo que respecta a la promoción de la mujer. En la medida en que se le califica de "líder" en estos asuntos, es obvio que tendrá un rol preeminente en todas las políticas que se adopten para que ellas tengan en cuenta a la mujer.

El segundo aspecto que me parece importante resaltar es que se rescata la promoción de la igualdad de oportunidades. Como se recordará, la Constitución Política del Perú de 1979 contenía el principio de igualdad en sus tres dimensiones: igualdad ante la ley, igualdad de trato e igualdad de oportunidades. La Constitución de 1993 recoge solamente el principio de igualdad ante la ley.

El principio de igualdad tiene tres dimensiones. Igualdad ante la ley que obliga al Estado a tratar a todos por igual; igualdad de trato que obliga a los particulares a no hacer tratos discriminatorios entre las personas, este principio opera fundamentalmente en las relaciones laborales. Y finalmente, el principio de igualdad de oportunidades que, asumiendo la desigualdad de ciertos grupos o personas, permite darles un trato diferenciado, sin que esto signifique discriminación.

Del principio de igualdad de oportunidades se deriva la legitimidad de las llamadas "acciones positivas" que apunta a lograr la igualdad real o sustancial de las personas y a eliminar los desequilibrios existentes en su situación.

Pues bien, esto último ha sido motivo de discusión y debate en el seno de la Comisión Especial de la Mujer; se ha argumentado que la acción positiva contraviene el principio de igualdad ante la ley. Con la expedición de esta norma se zanja esa discusión no sólo porque se reconoce explícitamente el principio de igualdad de oportunidades sino porque la creación misma del Ministerio de la Mujer ya significa una acción positiva.

Población beneficiaria

Pese a que en la fundamentación de la ley se hace referencia sólo a los aportes de las mujeres en los ámbitos antes señalados, en la población objetivo se ha incorporado, además de las mujeres, a los menores en riesgo --como población también prioritaria-- y a otros grupos vulnerables de la sociedad como los impedidos físicos, los ancianos en situación de riesgo o abandono, los analfabetos, los desplazados y los que están en riesgo de caer en uso indebido de drogas.

Esto puede contribuir a desdibujar un tanto la idea de un "ministerio de la mujer" y parece seguir la tendencia de incluir en una misma categoría a todos los sectores vulnerables de la sociedad junto con las mujeres.

Me parece percibir en esta concepción que a la mujer se le atribuye una condición de "buena samaritana" o un remedo de la "madre Teresa de Calcuta" que debe liderar acciones no sólo tendientes a mejorar su situación, sino también la de todos los necesitados, marginados o excluidos de la sociedad. No obstante ello, considero la creación de este Ministerio como algo muy positivo y que, por cierto, ha despertado muchas expectativas en las mujeres de diversos sectores sociales.

Según manifestó la flamante ministra, Dra. Miriam Schenone, en la audiencia pública organizada por la Comisión Especial del Congreso que preside la Dra. Beatriz Merino, además del viceministerio se establecerán gerencias, una de las cuales se ocupará exclusivamente de la problemática de la mujer, lo que nos pareció muy acertado.

Objetivos

Entre los principales objetivos de este Ministerio se encuentran:

a. Promover la equidad en el acceso a la ocupación, salud y educación;
b. Afianzar el rol de la mujer y la familia en la sociedad, así como en los programas orientados a su desarrollo y en la lucha contra la pobreza;
c. Formular y ejecutar políticas de atención orientadas a los menores en situación de riesgo;
d. Promover los valores cívicos y las normas de comportamientos, acordes con principios de ética, moral, solidaridad y paz.

Funciones

El PROMUDEH asumirá las funciones que desempeñaban los proyectos, programas o instituciones siguientes:

a. El Ente Rector del Sistema Integral de Atención del Niño y el Adolescente.
b. El Consejo Nacional de población.
c. La Comisión Permanente de Derechos de la Mujer.
d. La Comisión para el Impedido Físico.
e. El Comité Técnico de Prevención de Uso Indebido de Drogas (COPUID).
f. El Instituto Indigenista Peruano.
g. Las funciones de alfabetización de adultos del Ministerio de Educación.
h. Las funciones de promoción y apoyo de los "Wawa Wasi" que desarrolla el Ministerio de Educación.
i. Las Beneficencias Públicas del país, las cuales se declaran en reorganización.

Con excepción de la última, los proyectos, programas o instituciones antes mencionadas, quedarán disueltos luego del proceso de transferencia. Esto no quiere decir que necesariamente desaparecerán estas funciones. El Reglamento del Ministerio determinará qué suerte correrán en definitiva.

Como organismos públicos descentralizados, se transfiere al PROMUDEH:

a. El Instituto Nacional de Bienestar Familiar (INABIF), con excepción de las funciones relacionadas con la rehabilitación de adolescentes infractores.
b. El Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA).
c. El Instituto Peruano del Deporte (IPD).
d. El Programa de Apoyo al Repoblamiento (PAR).
e. La Oficina Nacional de Cooperación Popular (COOPOP).

Algunas imprecisiones

Un tema que está ausente del texto de ley y de sus alcances es el que se refiere al empleo. La palabra empleo no aparece en ninguna parte del texto de la referida norma.

Si bien es cierto que la Ley en su artículo 3º señala que el Ministerio de la Mujer tiene como objetivos promover la equidad en el acceso a la ocupación, también lo es que este término es muy amplio y hasta ambiguo. Por ocupación podemos entender desde las tareas comunales como las que realizan las mujeres del Vaso de Leche o de los Comedores Populares, hasta un empleo cualquiera, pero no necesariamente un empleo formal.

Cuando analizamos el artículo 7º que describe las funciones de competencia del Viceministro, se señala que es el responsable de proponer las políticas y normas orientadas a facilitar el acceso de la mujer a los servicios de salud, educación, alfabetización, planificación familiar y justicia. Y de empleo nada.

Seguimos analizando no sólo la norma de creación del Ministerio sino algunas otras conexas como la del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) y encontramos que el artículo 6º de su reglamento establece como función de esta institución: identificar y promover la ejecución de proyectos de apoyo y seguridad alimentaria, con participación comunal orientadas a la generación de empleo e ingresos, mejorando los niveles de producción y productividad.

En esta formulación, que es la única de toda la normatividad relacionada con el Ministerio de la Mujer, advertimos sin embargo dos cosas: a. que el acento está puesto en la labor alimentaria y no en el empleo, y b. que la generación de empleo e ingresos se haría a través de pequeñas unidades productivas que son las que pueden llevar adelante las mujeres comprometidas en estos programas.

El clamor por un empleo digno es uno de los principales temas de la agenda política actual. Hombres y mujeres lo que quieren es trabajo e ingresos y de ser posible un trabajo de calidad, con protección y permanencia. La situación laboral de la mujer está en clara desventaja frente al varón. No viene al caso señalar las cifras que evidencian esta situación, pero existen abundantes estudios que dan cuenta de ello.

Por eso estimo que el Ministerio de la Mujer debe adoptar políticas, tal vez en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, para encontrar formas de capacitación y calificación de las mujeres para darles mejores oportunidades de empleo. Como además tiene a su cargo los "Wawa Wasis", sería muy importante desarrollar aún más esta red de servicios de cuidado infantil porque todos sabemos que el hecho de no tener adónde dejar a los hijos es una de las razones que explican la participación mayoritaria de las mujeres en el sector informal, lo que no es el ideal para ellas.

Tampoco podemos pretender que las mujeres autogeneren su propio empleo en pequeños o micro negocios, pues pese a su creciente importancia en la absorción de mano de obra, se sabe que en este tipo de unidades productivas la norma es la precariedad, la falta de seguridad social, la ausencia de protección de la maternidad y de la salud de las mujeres, el incumplimiento de las normas laborales sobre vacaciones, gratificaciones, etc.

Este es un sector llamado de "refugio" al que acuden quienes no pueden ocuparse en el sector moderno de la economía que brinda empleos de calidad. No debemos aceptar que se condene a las mujeres a empleos precarios y mal remunerados.

El tema del empleo me parece clave. No concibo una mujer liberada ni autónoma si tiene que estirar la mano al marido para alimentarse ella y sus hijos. La independencia económica es condición sine quanon para que la mujer sea realmente independiente y estamos seguras que la Ministra sabrá darle la importancia que este tema merece.

Ana María Yáñez es Vicepresidenta de la Asociación Laboral para el Desarrollo (ADEC-ATC).



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Última actualización: 8 de noviembre de 1998